domingo, 26 de julio de 2009

La polémica por la reforma del Consejo de la Magistratura de la Nación

consejo

El articulo 114 de la Constitución Nacional, marca las pautas de las funciones del Consejo de la Magistratura, “El Consejo de la Magistratura, regulado por una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, tendrá a su cargo la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial. El Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley. Serán sus atribuciones: 1. Seleccionar mediante concursos públicos los postulantes a las magistraturas inferiores. 2. Emitir propuestas en ternas vinculantes, para el nombramiento de los magistrados de los tribunales inferiores. 3. Administrar los recursos y ejecutar el presupuesto que la ley asigne a la administración de justicia. 4. Ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados. 5. Decidir la apertura del procedimiento de remoción de magistrados, en su caso ordenar la suspensión, y formular la acusación correspondiente. 6. Dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial y todos aquellos que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestación de los servicios de justicia”.

La reforma que se llevo adelante y recorto el numero de miembros , fue rechazada por el Colegio de Abogados de la capital Federal, conjuntamente con el Dr. Monner Sans , mediante un pedido de inconstitucionalidad, que al día de la fecha, los jueces de la corte, le sacan el polvo y van por su estudio.-

Otro tema polémico, es la administración de los recursos, vieja pelea con al Corte, que más de una vez, mando a discutir salarios al Consejo, para después pactar un aumento sin tener en cuenta a su administrador.

Varias situaciones pueden pasar en estos días, una nueva reforma , o la declaración de inconstitucionalidad; en cualquiera de estas situaciones la Agrupación que preside hoy el CPACF , (Gente de Derecho) , tiene gran injerencia, pues se opuso a su reforma, hizo lo planteos correspondientes ante la Justicia, y se sigue oponiendo a la Presidencia del Consejo por parte de la Corte.-

Notas de interes.

TN (todo Noticias)

Clarin

Infobae

Perfil

viernes, 17 de julio de 2009

Piden prorrogar por un año el plazo para la liquidación de Cassaba…..¿Y la Gestión?

corrupcion

De las declaraciones que surgen de la nota otorgada a Diario Judicial, y ante el simple confronte de la nota del Diario la Nacion del 10de abril de 2008, surgen claramente las contradicciones del titular de la nefasta Ca$$aba.-

En campaña se atrevió a decir que los empleados serian absorbidos por el Colegio Publico y que el patrimonio de la entidad ascendía a los 108 millones.-

Ahora pide un año más...

según las actas del consejo Directivo del CPACF, se resolvió hacer gestiones para que el Edificio (Palacete de asados de los viernes), pase a manos de los matriculados, ya que hay pocas posibilidades de que los aportes vuelvan a sus aportantes.-

Seguirán las luchas para restablecer el bolsillo de los abogados, y quien puede encarnar essa batalla es solo una agrupación Gente de Derecho.

El titular de la entidad, Jorge Enríquez adelantó, en una entrevista con DiarioJudicial.com, que la Legislatura porteña tratará “antes de fin de mes” un proyecto de ley para prorrogar por doce meses la liquidación de la Caja. El gran “escollo” que no permitió el cumplimiento del período previsto por la ley 2811 fue la imposibilidad de suscribir un acuerdo con la Anses para “salvaguardar” los 43 meses de aportes de los abogados porteños. La conducción de la entidad pretende firmar el acuerdo a la brevedad.

….Por ese motivo, Cassaba impulsa un proyecto de ley para prorrogar por otros 12 meses (a partir del 1º de agosto de 2009) el proceso de liquidación. Enríquez señaló que estaba previsto que la Legislatura sesionara este jueves pero desde la oficina del Secretario Parlamentario, Carlos Pérez, dijeron que para esta semana finalmente no habrá ninguna sesión. El titular de la Caja confió en que la iniciativa se trate antes de fin de julio.

¿Por qué la Anses?

“Con la estatización de las AFJP –dijo Chighizola-, el único canal para transferir los derechos previsionales de los abogados aportantes (a Cassaba) era la Anses”. Enríquez subrayó que “hasta febrero” las negociaciones avanzaron “muy bien” y hubo una “excelente recepción por parte de todos los funcionarios” e incluso se dialogó con el ex titular del organismo, Amado Boudou y con el gerente general, Pablo Fontdevila.

Sin embargo, el titular de Cassaba subrayó que “a partir de marzo empezó todo el tema electoral y (aunque) siempre dijeron que el acuerdo estaba (de palabra) ratificado y que tenían mucho interés en el inmueble y en todo lo que nosotros pudiéramos aportar”, no se concretó la firma del acuerdo con la Anses.

Lo pactado informalmente también preveía la absorción del personal contratado (10 empleados) de Cassaba por parte de la Anses. Chighizola y Enríquez enfatizaron que la comisión liquidadora había aprobado los borradores de trabajo con la Anses por “unanimidad”.

El proyecto de ley que ya está redactado y espera ser tratado por la Legislatura establece, en el artículo segundo, que “Cassaba debe disponer la venta en pública subasta de sus bienes inmuebles, al contado y al mejor postor, debiendo ser la misma efectuada a través del Banco Ciudad” pero que se exceptúa ese “modo de enajenación de los bienes de la entidad en el único supuesto que los mismos se transfieran como pago a la Anses en concepto de las sumas necesarias para salvaguardar los derechos previsionales de los afiliados aportantes”.

A renglón seguido, el artículo quinto del proyecto señala que “si por cualquier motivo o circunstancia”, la Anses y Cassaba no llegan a un acuerdo 30 días después de entrada en vigencia la nueva ley, “la Comisión Liquidadora quedará facultada para reintegrar a prorrata a cada uno de sus afiliados el total de las sumas por ellos oportunamente aportadas (…)”.

“A la entrega de los fondos producto de la distribución –reza el artículo quinto- los afiliados deberán firmar una declaración jurada por la cual se comprometan a resolver su situación particular con el Anses si correspondieses y también deberán suscribir una renuncia expresa a iniciar acciones judiciales y/o extrajudiciales contra Cassaba (e.l) o contra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Durante la entrevista, Chighizola advirtió que “a pesar de la prórroga, si llegáramos al 31 de agosto con el status quo, la comisión liquidadora tomará la decisión de distribuir a prorrata, como dice el artículo 14, los fondos que se administran y olvidarnos de la Anses”. Y agregó: “(El proyecto de ley) prevé que si en 30 días no alcanzamos un acuerdo con la Anses, vamos lisa y llanamente a la liquidación”.

Entre los triunfos de este año de gestión, Enriquez –que ganó las elecciones de 2008 con la lista “Derogación y Distribución”- recalcó el aumento de los activos (de 74 a 81 millones de pesos) que se consiguieron “sin recaudación, con una crisis financiera internacional brutal y con un edificio en perfectas condiciones”.

También enfatizó el cumplimiento “riguroso” de todo lo establecido por la ley 2811 (que sustituyó a la 1181): una auditoria de inicio, el saneo administrativo (que padecía “un desorden descomunal” aunque no se hallaron “irregularidades” que “rondaran hechos ilícitos”), el intento de rehabilitación de la exención impositiva que tenía la Caja y la disminución de 1235 a 590 juicios en los que Cassaba figuraba como demandada.

jueves, 16 de julio de 2009

ABOGACÍA E INTERNET. Herramientas digitales para el ejercicio profesional.

TAPA

En el afán de buscar nuevas formar de comunicar, y difundir nuestra tarea, un día llegue a conocer al dr. Ariel Neuman.

Un joven profesional que había dejado la apatía de su profesión para embarcarse en la búsqueda de nuevas alternativas de trabajo.

El marketing de abogados, como el refiere, no habla de recetas pre establecidas,  como hacer un cartel,   una encuesta y listo, clientes asegurados!!; aquí la cuestión es cambiar la cabeza, los modos de trabajo, avanzar con el avance.-

Felicitaciones por el trabajo del nuevo libro.-

Aqui les dejo una parte  de la introducción del libro de Ariel Neuman “ABOGACÍA E INTERNET. Herramientas digitales para el ejercicio profesional”.-

 

 

 

 

 

 

Introducción
Internet se ha metido en todo.
Consecuencia directa y sólo cuestión de tiempo, el abogado que no
domine la cultura de Internet se estará perdiendo una parte cada vez más
importante de la profesión.
Las normas ya están on line. Los expedientes se consultan vía web.
Los clientes plantean sus problemas por correo electrónico o en blogs. Las
redes sociales se meten en nuestras vidas al punto que hay quienes hacen
negocios directamente en ellas o padecen en la vida real el mal uso que
hacen allí de sus perfiles, imágenes y palabras.
Las principales universidades abren sus contenidos a través de
podcasts. Los medios digitales legales proliferan. Los abogados aportan
su conocimiento para la elaboración de documentos en colaboración y
transformación continua. Los estudios jurídicos se ‘virtualizan’. Los jueces
se comunican a través de microblogs.
¿Cuánto tiempo habrá de pasar antes de que los integrantes de una red
ciberespacial puedan resolver sus conflictos con la ayuda de un mediador
virtual?
¿Podrá convertirse Internet en una nueva rama de la abogacía, con
posgrados de Especialización en Derecho.com?
¿Por qué descartar la creación de tribunales virtuales en los que las
partes validen sus identidades a través de una pantalla táctil u otro sistema
de seguridad para resolver en tiempo real sus diferencias ante un Juez.com
que evalúe pruebas multimedia?
¿Acaso es imposible que la publicidad de todos los juicios se haga a
través de YouTube o que los estudios jurídicos abandonen sus actuales
oficinas para volcarse al trabajo remoto?
Más temprano que tarde, mucho de esto ocurrirá. Y pasarán otras tantas
cosas que al escribir estas páginas todavía ni siquiera se pueden imaginar.
Alcanza con volver al pasado reciente y revisar cuáles han sido los
cambios a hoy. Hace veinte años, para los abogados el ordenador no era
más que una sofisticada máquina de escribir; hace treinta, la informática era
pura ciencia ficción.
La sociedad civil, el mundo de los negocios y casi todas sus
ABOGACÍA E INTERNET | Herramientas digitales para el ejercicio 14 profesional
contingencias legales –viejas y nuevas– se incorporan a este mundo a una
velocidad sorprendente que terminará por arrastrar a la abogacía y a sus
profesionales.
Es éste el momento de subirse a la ola. Después, puede que sea
demasiado tarde.
No es fatalismo ni futurología alocada. El avance marca un rumbo
inequívoco: Internet no “es”, “está siendo” constantemente en un presente
híper-continuo.
Internet reduce distancias físicas, de comunicación, culturales,
informativas, de interrelación e interacción.
¿Cómo se hacía hace treinta años para encontrar a un abogado al otro
lado del planeta? ¿Se buscaba en la guía telefónica? ¿Se le pedía a la
operadora que lo comunicara con una llamada internacional?
Llevaba meses. Semanas.
¿Cómo se hacía hace veinte años? ¿Se cortaba camino enviando un
fax? ¿Se subía de urgencia a un avión?
Eran días. Horas.
¿Cómo se hace hoy? ¿Cómo se lo encuentra? Se pone tres veces ‘w’ en
una pantalla, se entra en el sitio de algún buscador, se escribe el nombre
deseado y se aprieta ‘enter’ para luego dar comienzo a una videoconferencia
a través de Skype.
Son segundos.

Seguir leyendo la introduccion. aqui

jueves, 2 de julio de 2009

Redes Sociales. Permiten contactar clientes y capacitarse.

Son espacios de interacción gratuita. Como aprovecharlos.-

Interesante articulo del Dr. Ariel newman.

social_media_icons_9

Por lo general, las redes sociales en Internet logran notoriedad de la mano de historias de púberes y adolescentes. Sin embargo, dependiendo del uso que se les dé, pueden ser de suma utilidad para el desenvolvimiento del negocio profesional.
Al respecto, cabe distinguir entre las redes sociales propiamente dichas, las redes profesionales y las específicas de abogados.
Según el tipo de práctica jurídica que se tenga, el perfil de cliente que se busque y lo que se pretenda obtener de la interacción on line, habrá que desplegar una estrategia con presencia en unas, en otras o en todas ellas.
Como común denominador, las redes sociales habilitan un perfil de usuario, en donde se incluyen voluntariamente datos de contacto, experiencias académicas y laborales. En función suyo es posible contactar a otros miembros de la red e interactuar con ellos, sea en una relación uno a uno, sea a través de grupos de interés que congreguen a personas con inquietudes similares.
Allí, entonces, será posible encontrar no sólo a colegas y competidores, sino también a clientes y potenciales clientes.

A priori, puede pensarse que la “gente importante” no utiliza este tipo de vías de contacto. Sin embargo, casos como el de Barack Obama desmienten rotundamente esta afirmación.
En el terreno propiamente de la abogacía, si bien es cierto que en las redes masivas es difícil dar con un socio de una megafirma norteamericana o con el general counsel de una multinacional, no menos real es que existen redes reducidas en su tamaño, en las que aquellos personajes interactúan y comparten experiencias y conocimientos.

Es, por caso, el modelo de Legal OnRamp, una red a la que sólo se accede por invitación y que nuclea a los abogados de los estudios jurídicos más grandes de los países anglosajones y a los directores de legales de las principales compañías del planeta.
Segunda representación apriorística sobre los beneficios de la participación en comunidades virtuales: los abogados no suelen compartir conocimientos.

En redes como la mencionada, sin embargo, la máxima –o el prejuicio, según quiera vérselo– no aplica en lo más mínimo. Allí es posible realizar una pregunta en los foros y obtener respuestas mucho más que jugosas de parte de colegas con ánimo de colaboración; acceder a papers, opiniones legales y memos; y nutrirse con audios y videos on line sobre todas las ramas del derecho.
En otros espacios, con menos barreras de entrada, el compartir también sirve para enriquecer el conocimiento propio. Es el caso de grupos como los que ofrece LinkedIn, donde, por ejemplo, Marketing de Abogados oficia como centro de encuentro para profesionales del derecho de todo el mundo.
Se trata, simplemente, de experimentar herramientas disponibles. Ver cuáles se adaptan a las necesidades, comodidades y culturas del negocio, y cuáles no.
Para profundizar en ello y adentrarse en cómo pueden aprovecharse las herramientas digitales para el ejercicio profesional, puede seguir leyendo haciendo clic AQUI

Por Ariel Alberto Neuman
aneuman@articulouno.com

Redes Sociales. Permiten contactar clientes y capacitarse.

Son espacios de interacción gratuita. Como aprovecharlos.-

Interesante articulo del Dr. Ariel newman.

social_media_icons_9

Por lo general, las redes sociales en Internet logran notoriedad de la mano de historias de púberes y adolescentes. Sin embargo, dependiendo del uso que se les dé, pueden ser de suma utilidad para el desenvolvimiento del negocio profesional.
Al respecto, cabe distinguir entre las redes sociales propiamente dichas, las redes profesionales y las específicas de abogados.
Según el tipo de práctica jurídica que se tenga, el perfil de cliente que se busque y lo que se pretenda obtener de la interacción on line, habrá que desplegar una estrategia con presencia en unas, en otras o en todas ellas.
Como común denominador, las redes sociales habilitan un perfil de usuario, en donde se incluyen voluntariamente datos de contacto, experiencias académicas y laborales. En función suyo es posible contactar a otros miembros de la red e interactuar con ellos, sea en una relación uno a uno, sea a través de grupos de interés que congreguen a personas con inquietudes similares.
Allí, entonces, será posible encontrar no sólo a colegas y competidores, sino también a clientes y potenciales clientes.

A priori, puede pensarse que la “gente importante” no utiliza este tipo de vías de contacto. Sin embargo, casos como el de Barack Obama desmienten rotundamente esta afirmación.
En el terreno propiamente de la abogacía, si bien es cierto que en las redes masivas es difícil dar con un socio de una megafirma norteamericana o con el general counsel de una multinacional, no menos real es que existen redes reducidas en su tamaño, en las que aquellos personajes interactúan y comparten experiencias y conocimientos.

Es, por caso, el modelo de Legal OnRamp, una red a la que sólo se accede por invitación y que nuclea a los abogados de los estudios jurídicos más grandes de los países anglosajones y a los directores de legales de las principales compañías del planeta.
Segunda representación apriorística sobre los beneficios de la participación en comunidades virtuales: los abogados no suelen compartir conocimientos.

En redes como la mencionada, sin embargo, la máxima –o el prejuicio, según quiera vérselo– no aplica en lo más mínimo. Allí es posible realizar una pregunta en los foros y obtener respuestas mucho más que jugosas de parte de colegas con ánimo de colaboración; acceder a papers, opiniones legales y memos; y nutrirse con audios y videos on line sobre todas las ramas del derecho.
En otros espacios, con menos barreras de entrada, el compartir también sirve para enriquecer el conocimiento propio. Es el caso de grupos como los que ofrece LinkedIn, donde, por ejemplo, Marketing de Abogados oficia como centro de encuentro para profesionales del derecho de todo el mundo.
Se trata, simplemente, de experimentar herramientas disponibles. Ver cuáles se adaptan a las necesidades, comodidades y culturas del negocio, y cuáles no.
Para profundizar en ello y adentrarse en cómo pueden aprovecharse las herramientas digitales para el ejercicio profesional, puede seguir leyendo haciendo clic AQUI

Por Ariel Alberto Neuman
aneuman@articulouno.com